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COMO AFRONTAR LA CRISIS EMPRESARIAL EN TIEMPOS DE PANDEMIA

Los empresarios colombianos  afrontan una difícil situación económica que los ha llevado  al  cierre de  sus empresas y al despido de sus trabajadores, en una una situación de crisis sin precedentes generada por la pandemia.  Para mitigar dichos  efectos, el Gobierno Nacional ha expedido normas de emergencia, entre ellas, el Decreto 560 de 2020 con el fin de conjurar los efectos económicos y sociales que ha generado la grave calamidad. Este decreto  flexibiliza  las normas sobre Insolvencia  generando estímulos y  ofreciendo beneficios  tributarios, entre otros. 

Sobresale la NEGOCIACIÓN DE EMERGENCIA DE ACUERDOS DE REORGANIZACIÓN procedimiento privado mediante el cual el empresario presenta una solicitud a la Superintendencia de Sociedades o al juez civil manifestando su intención de celebrar un acuerdo de pago con los acreedores.

De no lograr este acuerdo de pago, el deudor no sufre los rigores de una liquidación pudiendo optar por el procediento ordinario o continuar  operando en condiciones normales

BENEFICIOS DE ADMISION

  • Aplaza pagos tres meses  sin  mora  excluyendo salarios, aportes parafiscales o seguridad social.
  • Suspende procesos ejecutivos, cobro coactivo, restitución arrendamientos, restitución de tenencia de garantías.
  • Puede vender  bienes no afectos a la operación por el 5% del pasivo y pagar pequeñas acreencias.

Al confirmarse  el Acuerdo tendrá los efectos establecidos en la Ley 1116 de 2006 por lo que se vuelve obligatorio para todos,  incluidos ausentes y disidentes.

  • Obtiene beneficios tributarios:  retefuente, anticipo de renta, rete – iva, renta presuntiva.
  • Acceso a créditos  argumentando incapacidad de pago inminente
  • No estigmatiza al  empresario.
  • El empresario No pierde  su Autonomía en el manejo y administración de su empresa.
  • No requiere la figura del Promotor, por lo que no existen costos del proceso.

         EFECTOS DEL ACUERDO CELEBRADO

  • Terminación de procesos ejecutivos y coactivos, entrega de dineros embargados, beneficios tributarios
  • El  Acuerdo de Reorganización  contiene   condiciones de pago más flexibles  en términos de plazo y tasas de interés que no se logran en condiciones normales.
  • En la negociación se puede hacer uso de nuevos mecanismos a través de capitalización de acreencias, descarga de pasivos, pactos de deuda sostenible, negociaciones sectoriales, entre muchas otras.

Si analizamos el cúmulo  de beneficios que se obtienen  al  acceder a esta figura de salvamento empresarial consideramos necesario,  responsable y urgente  au aplicación como mecanismo ágil,  extrajudicial, consensuado que permitirá muy seguramente que las empresas sobrevivan a esta coyuntura que se les está presentando.

Si desea obtener mayor información,  visite nuestra pagina Web  bordayasociados.com y agende  su consulta virtual

LUIS FERNANDO  BORDA  –    BORDA & ASOCIADOS ABOGADOS S.A.S